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El Delito Leve: Procedimiento y Juicio

17 Feb 2025   |

Hablamos de uno de los procedimientos más comunes en nuestros Juzgados: El Juicio por delito leve.

En este artículo hablaremos de uno de los procedimientos más comunes en nuestros Juzgados: El Juicio por delito leve.
Trataremos de dar solución a todos los interrogantes que nos puede plantear cuando te llega a casa una citación adjunta a una denuncia y donde aparece algo así como “por resolución de esta fecha, se ha acordado citar a Vd., a fin de que asista el próximo día XXX a las XXX en la SALA XXX a la celebración del Juicio por delito leve arriba indicado en calidad de (denunciante o denunciado).”

1) Qué es un delito leve

Los delitos leves son aquellas acciones que la ley castiga con pena leve. Son lo que antes de la reforma del Código Penal del año 2015 se conocían como “faltas”.

1.1.¿Los delitos leves aparejan antecedentes penales?

La persona que sea condenada como autora de un delito leve tendrá antecedentes penales de una duración de hasta 6 meses después de que se haya extinguido la pena, y, por tanto, pese a que se denomine “delito leve” no es tan leve como podríamos pensar, aunque sí que es cierto que en ningún caso podrá aplicarse la reincidencia como agravante.

Veamos lo dicho hasta este momento con un ejemplo para entenderlo mejor:

Bartolo le dice a Romeo mediante un mensaje de texto “te voy a quemar el tractor” a lo que Romeo le denuncia y tras el juicio por delito leve de amenaza Bartolo es condenado a una pena de multa de 5€ diarios durante 3 meses.
Otro día Bartolo dice mediante llamada telefónica a Paco “sino me quitas la denuncia te pincharé la rueda del coche” por lo que Paco le denuncia y se acude a juicio por delito leve de amenazas siendo condenado con idéntica pena.

En ambos casos Bartolo acudió al juicio sin abogado, y fue condenado como autor de un delito leve de amenazas, pero pese a realizar la misma acción delictiva no se le aplicó la agravante de reincidencia, aunque sí que le dejó antecedentes penales.

2) Ejemplos de delito leve

En este apartado explicaremos qué delitos leves son más comunes, que significan y pondremos un ejemplo.

a) Delito leve de lesiones:

Es aquella acción que una persona agrede a otra y la persona agredida a parte de la primera asistencia en Urgencias, Centro de Salud, Hospital… no necesita de un tratamiento médico o quirúrgico continuado.

Ejemplo: Pablo se encontraba con unos amigos en la discoteca a la que solían ir, cuando una persona que se encontraba bebida y sin aparente motivo, le pegó dos puñetazos en la cara que obligaron a Pablo a tener que ir a Urgencias para que le curaran.

b) Delito leve de amenazas:

supone que el autor del delito amenace de manera leve a una persona con causarle un mal.

Ejemplo: María, se encontró en el portal con su vecina Rafaela, con quien tiene enemistad, y le dijo: “Si sigues haciendo ruido, te pegaré unos cuantos puñetazos”

c) Delito leve de estafa:

Es aquel donde el autor, mediante engaño a otra persona y con un afán de lucro, incorpora a su patrimonio una cantidad inferior a 400€ provenientes de esa persona a la que ha engañado.

Ejemplo: Carlos, seguidor del Real Valladolid, ve por Internet que Leandro vende la camiseta de Fútbol firmada por la plantilla a cambio de 250€. Carlos realiza el pago, tal y como le solicitó Leandro, y las camisetas nunca le llegaron a Carlos.

d) Delito leve de apropiación indebida:

Es aquel donde el autor, quien tiene la obligación de guardar unos objetos, no los devuelve a su dueño llegado el momento. Los objetostienen que tener un valor inferior a 400€.

Ejemplo: A Verónica se le ha estropeado el microondas, y mientras se lo arreglan, le pide a su amiga Sonia que le preste el suyo valorado en 100€. Llegado el momento en que le arreglan el microondas a Verónica, nunca le devuelve a Sofía el suyo.

e) Delito leve de Hurto:

Es el típico delito de los carteristas. Aquel donde el autor sin emplear violencia, intimidación o fuerza consigue quitar un bien mueble (dinero, cartera, móvil…) a otra persona y cuyo valor sea inferior a 400€.

Ejemplo: Lorenzo se encuentra andando tranquilamente por la calle, cuando sin darse cuenta una persona le ha quitado su cartera y se ha ido.

3) El abogado en el delito leve

Una vez que sepas que va a existir un juicio por delito leve, tiene que quedar claro que la figura del abogado tanto para el denunciante como para el denunciado es opcional, no es obligatoria. Sin embargo, me parece que es una figura fundamental si quieres tener una buena defensa, ya que los conocimientos jurídicos que tiene, y la solvencia en el juicio, son factores decisivos a la hora de que el juicio por delito leve llegue a buen término.

Con el abogado prepararás el juicio previamente, te aconsejará sobre qué y cómo declarar y tendrán en él la defensa y representación en juicio que necesitas.

En cuanto a las costas del juicio, pese a no ser obligatoria la presencia del abogado, pueden imponerse si el Juez considera que ha existido temeridad o mala fe en la interposición de la denuncia, o en la actitud del denunciado.

FAQs

Normalmente si el denunciante no se presenta en juicio, pero el denunciado si lo hace denunciado será absuelto y no se suspenderá el juicio.

Si, puedes acudir sin abogado, aunque es recomendable su presencia.

Si. Los delitos leves prescriben una vez transcurrido un año desde la comisión del mismo.

Si la persona afectada, acude a denunciar el hecho en la policía, ésta tramitará todo para en caso de existencia de delito enviar la denuncia al Juzgado.

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